Blog Contable y Fiscal
¿Qué empresas deben registrarse en el REPSE?
- Empresas de Salud ocupacional
- Agencias de Diseño, Marketing y/o Productoras de Videos, que instalen o ejecuten sus campañas y/o videos en las instalaciones del cliente.
- Empresas de Construcción, Contratistas y Gestores de Proyectos
- Empresas de TI que implementen y/o capaciten en las instalaciones de su cliente
- Capacitaciones Presenciales en instalaciones del cliente
- Casas de Asesoría y Certificaciones, donde para certificar procesos productos o servicios deban de auditar de manera presencial las instalaciones de sus clientes.
¿Sabes cuáles son tus obligaciones después de obtener tu registro de REPSE?
Si ya obtuviste tu Registro de XXX tienes que saber que deberás cumplir con las siguientes obligaciones:
1. Obligación periódica de presentar al Instituto Mexicano del Seguro Social la información de los contratos realizados
¿Cómo se presenta?
A través de la Herramienta electrónica denominada Informativa de Contratos de Servicios u Obras Especializados (ICSOE)
¿Cada cuándo?
La persona física o moral que preste servicios especializados o ejecute obras especializadas deberá proporcionar cuatrimestralmente a más tardar el día 17 de los meses de enero, mayo y septiembre, la información de los contratos celebrados en el cuatrimestre de que se trate.
¿Qué información debe presentarse?
- Información de las partes del contrato (nombre, denominación o razón social, RFC y teléfono)
- Información de cada contrato de prestación de servicios especializados
- Copia simple del registro emitido por la Secretaría del Trabajo y Previsión Social para la prestación de servicios especializados o la ejecución de obras especializadas.
2. Obligación periódica de presentar al Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores la información de los contratos realizados
¿Cómo se presenta?
Mediante el Sistema de Información de Subcontratación (SISUB) a través del Portal Empresarial
¿Cada cuándo?
La persona física o moral que preste servicios especializados o ejecute obras especializadas deberá proporcionar cuatrimestralmente a más tardar el día 17 de los meses de enero, mayo y septiembre, la información de los contratos celebrados en el cuatrimestre de que se trate.
Requisitos:
- Estar registrado en el Portal Empresarial.
- Formato Información sujeto obligado, detalle de trabajadores y detalle del contrato (en formato .csv).
- Registro o registros emitidos por la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (en formato pdf)
- Escritura constitutiva y modificaciones (en formato pdf).
- Contrato o contratos de subcontratación (en formato pdf).
- Registro Federal de Contribuyentes (RFC).